RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1960




Promulgación: 07/12/1961
Publicación: 22/12/1961
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1961
  •    Página: 1496

Referencias a toda la norma

SEGUNDA PARTE - DISPOSICIONES DIVERSAS

Artículo 401

   La 2.a Sección "Información y Biblioteca" de la la. División Técnica
del Ministerio de Defensa Nacional (Artículo 15 de la ley Orgánica
Militar No. 10.757, de 27 de julio de 1946), se denominará 2.a Sección
"Biblioteca" y tendrán los cometidos que la ley orgánica Militar
establece para la Biblioteca.

   La Sección "Información" dependerá directamente del Ministerio y
estará a cargo de un Oficial diplomado de Estado Mayor.
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