RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1960




Promulgación: 07/12/1961
Publicación: 22/12/1961
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1961
  •    Página: 1496

Referencias a toda la norma

SECCION IV - LEY N.o 12.802 (ORDENAMIENTO FINANCIERO)

Artículo 353

   Lo dispuesto en los artículos 342, 344 al 351 se aplicará a todos los
expedientes que se hallen en trámite al día siguiente de la publicación
de esta ley en el "Diario Oficial", con excepción de las situaciones
previstas en el caso de expedientes en los que recaigan sentencias
definitivas (aplicación del artículo 9.o del decreto-ley No. 10.257) en
los que se decretará la adjudicación de mercaderías, efectos y medios de
transportes, a favor de los denunciantes, sin perjuicio de las demás
sanciones que correspondiere.
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