RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1960




Promulgación: 07/12/1961
Publicación: 22/12/1961
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1961
  •    Página: 1496

Referencias a toda la norma

SECCION III - LEY N.o 12.803 - (PRESUPUESTAL)
CAPITULO XV - VARIOS ORGANISMOS
INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDAS ECONOMICAS

Artículo 313

   Las retribuciones del personal presupuestado del Instituto Nacional de
Viviendas Económicas se aumentarán a partir del 1.o de julio de 1962, en
$ 150.00 (ciento cincuenta pesos) sobre el sueldo fijado en las planillas
correspondientes.

   Igual tratamiento tendrán los funcionarios cuyos servicios se paguen
por otros rubros del Grupo I "Retribución de Servicios Personales".
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