RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1960




Promulgación: 07/12/1961
Publicación: 22/12/1961
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1961
  •    Página: 1496

Referencias a toda la norma

SECCION III - LEY N.o 12.803 - (PRESUPUESTAL)
CAPITULO XIII - PODER JUDICIAL

Artículo 295

   Auméntase, a partir del 1o. de julio de 1962, en un cuarenta por
ciento (40%) las asignaciones de los Magistrados Letrados, los
Secretarios Letrados de la Suprema Corte y los Jefes de Inspectores de
los Juzgados de Menores y en un veinte por ciento (20%) las asignaciones
de los demás funcionarios dependientes del Poder Judicial.
   El aumento porcentual se determinará sobre el sueldo fijado en la
planilla.
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