RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1960




Promulgación: 07/12/1961
Publicación: 22/12/1961
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1961
  •    Página: 1496

Referencias a toda la norma

SECCION III - LEY N.o 12.803 - (PRESUPUESTAL)
CAPITULO XII - MINISTERIO DE GANADERIA Y AGRICULTURA

Artículo 280

   Autorízase al Centro de Investigaciones Agrícolas "Alberto Boerger" y
a la Dirección de Agronomía para aplicar el 40 % de sus proventos al
desarrollo de sus actividades. Derógase en lo pertinente lo establecido
por el inciso 1.o del artículo 4.o de la ley No. 11.923, de 27 de marzo 
de 1953.

(*)Notas:
Ver vigencia: Ley Nº 13.318 de 28/12/1964 artículo 184.
Ver en esta norma, artículo: 281.
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