MODIFICACIONES A LA LEY ORGANICA DE LA MARINA




Promulgación: 26/11/1961
Publicación: 26/12/1961
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1961
  •    Página: 1355
Referencias a toda la norma

Artículo 1

   (*)

    Artículo 73.- (Se modifica lo referente al Cuerpo de Aprovisionamiento y Administración del siguiente modo):

   Para el Cuerpo de Aprovisionamiento y Administración

   Aspirantes: Haber sido aprobado en los exámenes prescriptos por el
plan de estudios de la Escuela Naval.
   Guardia Marina y Alférez de Navío: Tener el tiempo de embarque y mando
de Cuerpo de Equipaje de su especialidad reglamentario. Además el Alférez
de Navío deberá aprobar el Curso de Pasaje de Grado que corresponda.
   Teniente de Navío: Tener el tiempo de embarque y Mando de Cuerpo de
Equipaje reglamentario y haber aprobado el Curso de pasaje de Grado que
corresponda. Además, para su ascenso al grado de Capitán de Corbeta,
deberá aprobar el Curso reglamentado en la Facultad de Ciencias
Económicas y de Administración. Esta última exigencia no regirá para los
Oficiales de este Cuerpo que egresen de la Escuela Naval.
   Capitán de Corbeta: Tener el tiempo de mando de Cuerpo de Equipaje de
su especialidad y embarque efectivo reglamentario y aprobado el Curso de
Pasaje de Grado correspondiente.

   (*)
   
   A los efectos previstos por los artículos 82 y 83 de la ley N.o 10.808
Orgánica de la Marina, modificados por la presente ley, la fecha de
vigencia de las vacantes iniciales será la del 1.o de febrero de 1960.

    Artículo 132. En los Cuadros correspondientes a los Cuerpos de
Ingenieros de Máquinas y Electricidad y de Aprovisionamiento y
Administración:
             
             Cuerpo de Ingenieros de Máquinas y Electricidad

       Grado                        Edad

Capitán de Navío . . . . . . . . . .55 años
Capitán de Fragata . . . . . . . . .52 años
Capitán de Corbeta . . . . . . . . .48 años
Teniente de Navío. . . . . . . . . .44 años
Alférez de Navío . . . . . . . . . .40 años
Guardia Marina . . . . . . . . . . .34 años
Suboficial . . . . . . . . . . . . .50 años
Cabo . . . . . . . . . . . . . . . .45 años
Marinero . . . . . . . . . . . . . .40 años


               Cuerpo de Aprovisionamiento y Administración

      Grado                           Edad

Capitán de Fragata . . . . .. . . . .52 años
Capitán de Corbeta .  . . . . . . . .48 años
Teniente de Navío. . . . . .. . . . .44 años
Alférez de Navío . . . . . .. . . . .40 años
Guardia Marina . . . . . . .. . . . .34 años
Suboficial . . . . . . . . .. . . . .50 años
Cabo . . . . . . . . . . . .. . . . .45 años
Marinero . . . . . . . . . .. . . . .40 años

(*)Notas:
Además, este artículo dio nueva redacción a: Ley Nº 10.808 de 16/10/1946 
artículos 18, 20, 22, 67, 79, 82 y 83.

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