APROBACION DE RECURSOS PARA EL PRESUPUESTO DE SUELDOS Y GASTOS. TRIBUTOS. IRPF




Promulgación: 30/11/1960
Publicación: 16/12/1960
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1960
  •    Página: 1365

Referencias a toda la norma

TITULO XVI - IMPUESTOS INTERNOS

Artículo 327

   (Vinos no coincidentes con su análisis). Cuando se compruebe que un 
vino, no obstante encontrarse dentro de las relaciones enológicas, 
difiere con los datos del análisis que le corresponde, su poseedor, propietario o consignatario será sancionado con una multa de $ 100.00 (cien pesos) a $ 10.000.00 (diez mil pesos).

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 335.
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