PRESUPUESTO GENERAL DE SUELDOS Y GASTOS




Promulgación: 30/11/1960
Publicación: 15/12/1960
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1960
  •    Página: 1302

Referencias a toda la norma

SECCION III - DISPOSICIONES REFERENTES A LA ADMINISTRACION CENTRAL
CAPITULO IV - MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y TRABAJO

Artículo 50

   Las compensaciones a favor de los Agentes de Correos a que se refiere
el artículo 11 de la ley Nº 11.474, de 11 de agosto de 1950, serán 
reguladas con arreglo a la importancia de los servicios atendidos; no 
podrán exceder de $ 500.00 (quinientos pesos) mensuales y se liquidarán
con cargo al rubro 1.07 "Compensaciones sujetas a Montepío" del Item
5.03.
   Elévase a $ 200.00 (doscientos pesos) la compensación que para los 
Agentes de Impuestos Directos fija el artículo 20 de la ley Nº 9.165, de
20 de diciembre de 1933.
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