SEGURIDAD SOCIAL. BENEFICIOS SOCIALES PARA TRABAJADORES DE LA EMPRESA ERNESTO OTTONELLO SOCIEDAD ANONIMA




Promulgación: 24/11/1960
Publicación: 07/12/1960
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1960
  •    Página: 1202

Artículo 1

   A partir de la promulgación de la presente ley los trabajadores 
despedidos por cierre de la planta industrial de la empresa "Ernesto 
Ottonello S.A", quedan amparados a la ley N° 10.562, de 12 de diciembre 
de 1944. 
   Serán incorporados a la Categoría D), instituida por el artículo 
16 de la referida ley, aquellos trabajadores que acrediten su
vinculación de trabajo con la empresa citada al producirse el cierre de
la planta, previa resolución en cada caso del Consejo de la Caja de 
Compensaciones por Desocupación en la Industria Frigorífica, fundada en 
los antecedentes que se sometan a su consideración y en la documentación 
que exista en el Instituto Nacional del Trabajo y Servicios Anexados.

Artículo 2

   (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Ley Nº 10.891 de 16/01/1947 artículo 
3 literal B).

Artículo 3

   Comuníquese, etc.

Por el Consejo: NARDONE. - ANGEL M. GIAINOLA. - JUAN EDUARDO AZZINI. - 
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