Ver vigencia: Ley Nº 13.278 de 10/09/1964. Ver vigencia: Ley 13.420 de 02/12/1965, artículos 108 a 119
La tolerancia en el peso de las monedas de cupro-níquel será, en más o en menos, de una moneda por cada 60, 150 ó 250 piezas de $ 0.25, $ 0.50 y $ 1.00 respectivamente.
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 5.