CREACION DE LA JUNTA NACIONAL DE COORDINACION DE TRANSPORTES DE CARGA




Promulgación: 08/01/1959
Publicación: 20/01/1959
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1959
  •    Página: 9
Fe de erratas publicada/s: 10/04/1959.
Referencias a toda la norma

Artículo 3

   Los miembros de la Junta durarán cuatro años en el ejercicio de sus 
funciones, pudiendo ser reelectos. Conjuntamente con cada delegado
titular se nombrarán dos suplentes respectivos. Vencido el término
fijado, los miembros continuarán en el ejercicio de sus funciones hasta
la designación de sus reemplazantes.
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