SE ESTABLECE UN PLAN DE OBRAS PUBLICAS Y SE CONCEDEN RECURSOS PARA REALIZARLAS.




Promulgación: 05/12/1957
Publicación: 07/02/1958
Publicada anteriormente: 02/01/1958
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1957
  •    Página: 1297
Referencias a toda la norma

II - EL TESORO DE OBRAS PUBLICAS

Artículo 50

En la utilización de los fondos a que se refieren los artículos 47, 48 y 49, el Poder Ejecutivo dará prioridad a las siguientes adquisiciones y obras en el orden de preferencia que se indica: 

Región Militar N° 1 (Adquisición edificio sede Comando).
Región Militar N° 2 (Construcción edificio sede Comando).
Región Militar N° 3 (Construcción edificio sede Comando).
Regimiento Infantería N° 1 y Escuela de Armas y Servicios.(Ampliación
predio).
Cuartel de Florida. (Adquisición predio y primera etapa de
construcciones).
Cuartel de Rocha. (Ampliación predio).
Cuartel de Tacuarembó. (Adquisición predio y primera etapa de
construcciones).
Cuartel de Paysandú. (Adquisición predio y primera etapa de
construcciones).
Cuartel de Minas. (Ampliación predio).
Cuartel de Rivera. (Ampliación predio).
Cuartel de Mercedes. (Adquisición predio y primera etapa de
construcciones).
Cuartel de Fray Bentos. (Adquisición predio).
Cuartel de San José. (Adquisición predio y primera etapa de
construcciones).
Cuartel de Trinidad. (Ampliación predio). (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 12.525 de 23/09/1958 artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 12.463 de 05/12/1957 artículo 50.
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