AUTORIZACION PARA INVERSION. CONSTRUCCION DE VIVIENDAS PARA LA LEPROSERIA




Promulgación: 30/11/1957
Publicación: 14/12/1957
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1957
  •    Página: 1258

Artículo 2

   Las referidas obras serán planificadas y construídas por el Instituto
Nacional de Viviendas Económicas, previo asesoramiento del Ministerio de
Salud Pública.
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