OTORGAMIENTO DE PRESTAMO EN SEMILLAS DE TRIGO




Promulgación: 28/05/1957
Publicación: 10/06/1957
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1957
  •    Página: 579
Reglamentada por:
      Decreto Nº 217/966 de 12/05/1966,
      Decreto Nº 20/965 de 14/01/1965,
      Decreto Nº 87/964 de 12/03/1964.
Referencias a toda la norma

Artículo 13

   Prohíbese industrializar las partidas de trigo de cada cosecha que el
Servicio Oficial de Distribución de Semillas declare "aptas para la 
siembra".
   Los funcionarios a quienes el mencionado organismo cometa esa 
calificación, tendrán libre acceso a todos los lugares donde se almacene 
dicho grano, incluso a los establecimientos de producción.
Referencias al artículo
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