Ley N° 12376
PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1957
Promulgación: 31/01/1957
Publicación: 02/02/1957
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 0
- Año: 1957
- Página: 138
CAPITULO II
CONSEJO NACIONAL DE ENSEÑANZA PRIMARIA Y NORMAL
SECCION IV
ORGANISMOS DOCENTES
Artículo 68
La inversión de esta suma se hará en la siguiente proporción: 1/3 (un
tercio) para la Capital y 2/3 (dos tercios) para el Interior.
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