PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1957




Promulgación: 31/01/1957
Publicación: 02/02/1957
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1957
  •    Página: 138
Referencias a toda la norma

CAPITULO II
CONSEJO NACIONAL DE ENSEÑANZA PRIMARIA Y NORMAL
SECCION IV ORGANISMOS DOCENTES

Artículo 60

   El Consejo Nacional de Enseñanza Primaria y Normal reglamentará la 
adjudicación de estas becas, que se hará por concurso de oposición 
conforme a las disposiciones siguientes:

A) Por Departamento se adjudicarán becas para alumnos de Escuelas Urbanas 
   o Suburbanas; y
B) Para aspirar a estas becas los alumnos deberán tener un promedio 
   general de escolaridad de BUENO.
Ayuda