El Tribunal de Cuentas, dentro de los 90 (noventa) días siguientes a
la promulgación de la presente ley, procederá a establecer las ordenanzas
de Contabilidad a que, de acuerdo con el inciso F) del artículo 211 de la
Constitución de la República, deberán ajustarse todos los organismos que
administran fondos públicos.