PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1957




Promulgación: 31/01/1957
Publicación: 02/02/1957
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1957
  •    Página: 138
Referencias a toda la norma

CAPITULO I
PARTIDAS PERMANENTES
SECCION VII AUTORIZACIONES DE GASTOS

Artículo 179

   El Poder Ejecutivo dotará a la Dirección General de Catastro y 
Administración de Inmuebles Nacionales de los recursos necesarios a 
efectos de la implantación y mantenimiento del Registro Nacional de 
Propietarios de Inmuebles, mediante la asignación de una partida anual de 
$ 50.000.00 (cincuenta mil pesos), destinada al arrendamiento del equipo 
mecanizado y contratación del personal necesario.
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