PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1957




Promulgación: 31/01/1957
Publicación: 02/02/1957
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1957
  •    Página: 138
Referencias a toda la norma

SECCION VI
FUNCIONARIOS

Artículo 177

   Las provisiones de cargos que se hubieron efectuado hasta el 6 de 
junio de 1956, y después de vencidos los 270 (doscientos setenta) días 
siguientes a su vacancia, se considerarán válidas a todos los efectos, 
sin perjuicio de los derechos que pudieran acordar las reclamaciones que 
correspondan.
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