PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1957




Promulgación: 31/01/1957
Publicación: 02/02/1957
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1957
  •    Página: 138
Referencias a toda la norma

CAPITULO VII
ADMINISTRACION DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO
SECCION V DISPOSICIONES REFERENTES A LOS DISTINTOS SERVICIOS

Artículo 156

   La ordenación presupuestal resultante de la aplicación de los 
artículos 41 y 33 de las leyes 11.907 y 12.079, de 19 de diciembre de 
1952 y 11 de diciembre de 1953, respectivamente, tendrá vigencia al 1° de 
febrero de 1957, fecha en que se considera producida la fusión efectiva
de la ex-Compañía de Aguas Corrientes con la ex Dirección de Saneamiento, 
según establece el inciso 2°) del artículo 37 de la Ley Orgánica.


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