PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1957




Promulgación: 31/01/1957
Publicación: 02/02/1957
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1957
  •    Página: 138
Referencias a toda la norma

CAPITULO III
MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
SECCION V DISPOSICIONES REFERENTES A LOS DISTINTOS SERVICIOS

Artículo 115

   Modifícase el tope de $ 2.640.00 (dos mil seiscientos cuarenta pesos), 
establecido por el artículo 111 de la ley N° 11.923, de 27 de marzo de 
1953, fijándolo en la cifra de $ 3.840.00 (tres mil ochocientos cuarenta 
pesos) y mantiénese el régimen en él establecido.
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