PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1957




Promulgación: 31/01/1957
Publicación: 02/02/1957
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1957
  •    Página: 138
Referencias a toda la norma

CAPITULO V
UNIVERSIDAD DEL TRABAJO
SECCION IV ORGANISMOS DOCENTES

Artículo 100

   El Consejo Directivo de la Universidad del Trabajo, con razones 
fundadas y por mayoría especial de 2/3 (dos tercios) de votos de sus 
componentes, podrá suprimir, trasladar o crear escuelas o cursos 
industriales en localidades del interior de la República.
   En caso de supresión de escuelas, adoptará las medidas necesarias para 
asegurar que el alumnado asistente y el que pudiere asistir en el futuro, 
continúe recibiendo las enseñanzas correspondientes.
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