CREACION DE RECURSOS PARA EL PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS




Promulgación: 08/01/1957
Publicación: 17/01/1957
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1957
  •    Página: 38
Referencias a toda la norma

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

Artículo 57

   Auméntase en un 4 % (cuatro por ciento) la tasa del impuesto de 
Estadísticas que grava las importaciones, creado por la ley N.o 5.156, de 
16 de setiembre de 1914.
   Para la aplicación de este aumento, mantiénense las exoneraciones 
previstas por leyes especiales, con excepción de las mercaderías 
comprendidas en el artículo 1.o de la ley N.o 4.305, de 10 de febrero de 
1913, las que pagarán la totalidad del impuesto.
Ayuda