LEY ORGANICA DE LA CAJA DE JUBILACIONES BANCARIAS. MODIFICACION




Promulgación: 21/12/1954
Publicación: 08/01/1955
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1954
  •    Página: 1104
Referencias a toda la norma

Artículo 6

   Las pasividades a cargo de la Caja de Jubilaciones Bancarias, se 
acumularán por el íntegro a cualquier jubilación o pensión servida por otra Caja o por Rentas Generales.

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