PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. DEUDA PUBLICA. EMISION. AMPLIACION




Promulgación: 22/10/1954
Publicación: 13/01/1955
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1954
  •    Página: 966
Referencias a toda la norma

Artículo 4

   El Poder Ejecutivo dará cuenta, semestralmente, a la Asamblea General, de las expresadas ampliaciones.

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