PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. DEUDA PUBLICA. EMISION. AMPLIACION




Promulgación: 22/10/1954
Publicación: 13/01/1955
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1954
  •    Página: 966
Referencias a toda la norma

Artículo 3

   El servicio de las ampliaciones de deuda que se emitan de acuerdo con lo establecido por el artículo 1° de esta ley, se atenderá con el producido de los mismos recursos acordados para la emisión original de esas deudas.
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