COMPUTO DE SERVICIOS A EFECTOS JUBILATORIOS




Promulgación: 28/11/1953
Publicación: 22/12/1953
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1953
  •    Página: 1630

Artículo 2

   El pedido de reconocimiento de servicios respectivos sólo podrá
formularse dentro del plazo de noventa días a contar desde el día de la
promulgación de la presente ley.
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