CAJA DE JUBILACIONES BANCARIAS. COOPERATIVA BANCARIA. PRESTAMOS




Promulgación: 19/12/1952
Publicación: 16/01/1953
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1952
  •    Página: 1177
Referencias a toda la norma

Artículo 3

   El Importe del préstamo autorizado por esta ley será aplicado, en primer término, a la cancelación del que la Caja de Jubilaciones Bancarias 
acordó a la Cooperativa Bancaria de acuerdo con la ley N° 10.451, del 19 de noviembre de 1943.

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