DECLARACION DE UTILIDAD PUBLICA PARA EXPROPIACION




Promulgación: 05/09/1952
Publicación: 13/11/1952
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1952
  •    Página: 840

Artículo 3

   Se tomarán los fondos necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ley, de los recursos provenientes de la ley de 5 de julio 
de 1951, cuyos destinos se establecen en su artículo 6°, ampliándose a 
los fines de esta ley las erogaciones previstas en el artículo 35 de la 
ley de 10 de agosto de 1950.
Ayuda