Los Jueces examinarán los casos que se sometan a su resolución, al
efecto de fijar el precio del arriendo que corresponda a la rentabilidad económica normal actual del predio. Con tal objeto estudiarán las circunstancias de cada arrendamiento calidad de los campos y sus mejoras, el precio del arrendamiento anterior al vigente, las causas que pudieran haber dado mérito a su modificación y especialmente las grandes alteraciones producidas en la cotización de la lana.
También los Jueces tendrán en cuenta la situación patrimonial de las
partes.