Ley N° 11844
ARRENDAMIENTOS. PRECIOS
Promulgación: 11/07/1952
Publicación: 26/07/1952
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 0
- Año: 1952
- Página: 677
Artículo 2
Serán competentes para entender en estos juicios los Jueces Letrados
de Primera Instancia del Departamento en que se encuentre el inmueble.
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