Ley N° 11758
CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES. PRORROGA
Promulgación: 19/11/1951
Publicación: 30/11/1951
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 0
- Año: 1951
- Página: 1182
Artículo 6
Los beneficios de la presente ley no comprenden a los deudores condenados por defraudación por sentencia ejecutoriada.
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