BANCO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY (BROU). AUTORIZACION. ACUÑACION MONETARIA




Promulgación: 05/07/1951
Publicación: 13/07/1951
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1951
  •    Página: 703
Referencias a toda la norma

Artículo 8

   A los efectos de la acuñación dispuesta por la presente ley, se
autoriza al Consejo Honorario del Departamento de Emisión para proceder a
la contratación directa de la operación con Casas Oficiales del exterior.
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