CONSEJO NACIONAL DE ENSEÑANZA SECUNDARIA. PRESUPUESTO




Promulgación: 19/02/1951
Publicación: 10/03/1951
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1951
  •    Página: 274

Artículo 1

   Incorpórase al ítem 16.02, Consejo Nacional de Enseñanza Secundaria, del Presupuesto General de Gastos, la siguiente partida anual: "Para contribución al traslado colectivo de alumnos que cursen estudios secundarios en las localidades vecinas a su residencia, $ 50.000.00". El Consejo Nacional de Enseñanza Secundaria dispondrá privadamente con el destino expresado de dicha partida, la que a los efectos de su liquidación se reputará incorporada desde el 1º de enero de 1950.(*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.

Artículo 2

   Destínase de Rentas Generales la suma de veinticinco mil pesos ($ 25.000.00), para atender el pago de las obligaciones contraídas por el 
Consejo Nacional de Enseñanza Secundaria durante el segundo semestre del 
ejercicio 1949, referente a la materia de la partida presupuestal cuya incorporación se dispone por el artículo anterior.

Artículo 3

   Comuníquese, etc.

BATLLE BERRES - JUAN A. LORENZI - NILO R. BERCHESI       


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