PRENSA. EMPRESAS PERIODISTICAS. EMPRESAS GRAFICAS. REGULACION DE HONORARIOS




Promulgación: 05/07/1950
Publicación: 14/07/1950
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1950
  •    Página: 649

Artículo 3

   Se declaran suspendidas las ejecuciones iniciadas hasta la fecha de la sanción de la presente ley, dándose un plazo de noventa días para que las 
Empresas Periodísticas interesadas se acojan a los beneficios de la misma, 
siendo de oficio las costas.
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