UNIVERSIDAD DE LA REPUBLICA. HOSPITAL DE CLINICAS. DEPENDENCIA




Promulgación: 05/07/1950
Publicación: 24/07/1950
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1950
  •    Página: 647

Artículo 4

   Los funcionarios que actualmente desempeñan tareas en dicho Hospital, serán confirmados en sus cargos con las asignaciones vigentes a la fecha de la promulgación de la presente ley, percibiendo sus sueldos, mientras no se apruebe su presupuesto, con cargo a la partida a que se hace referencia en el artículo 3º. Dichos funcionarios pasarán a formar parte de las planillas presupuestales del Hospital de Clínicas "Doctor Manuel Quintela" previa prueba de idoneidad.
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