CONSEJO DEL NIÑO. PRESUPUESTO




Promulgación: 17/11/1949
Publicación: 28/11/1949
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1949
  •    Página: 1180

Artículo 3

   Destínase la suma de setecientos sesenta y ocho mil doscientos cincuenta pesos ($ 768.250.00) que se tomarán de Rentas Generales para 
reforzar los rubros del ltem 6.23 "Consejo del Niño", correspondiente al Ejercicio en curso, distribuidos en la siguiente forma: Rubro 1.02, "Sueldo con cargo a partidas globales", $ 153.690; Rubro 1.03 "Partida para aplicación de sueldos progresivos", $ 1.800; Rubro 2.02 "Locomoción y Viáticos", $ 20.000; Rubro 2.03 "Alimentación de Personas. Servicios contratados o pagos en metálico" $ 70.000; Rubro 2.08 "Arrendamientos" $ 18.000; Rubro 2.09 "Gastos Generales de Oficina", $ 15.360; Rubro 3.03 "Mobiliario y Enseres Diversos", $ 7.680; Rubro 3.04 "Utiles y Materiales para Oficina", $ 7.680; Rubro 3.05 "Material Médico Hospitalario y de Laboratorio", $ 24.000; Rubro 3.09 "Vestuario y artículos afines", $ 150.000; Rubro 3.10 "Efectos de Higiene y Limpieza", $ 20.000; Rubro 3.11 "Víveres", $ 240.000; Rubro 3.12 "Combustibles y Lubricantes" $ 12.000; Rubro 4.01 "Inversiones Inmobiliarias", $ 2.040; Rubro 5.02 "Reparación y modificación de inmuebles", $ 8.000; Rubro 5.03 "Reparación y modificación de mobiliario y enseres", $ 4.000; Rubro 8.01 "Gastos eventuales o extraordinarios", $ 8.000; Rubro 8.03 "Gastos diversos no especificados en otros rubros" $ 6.000.
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