COMPUTO DE SERVICIOS A EFECTOS JUBILATORIOS




Promulgación: 24/09/1949
Publicación: 06/10/1949
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1949
  •    Página: 1040

Artículo 1

   Declárase computables, a los efectos de la jubilación, los servicios
prestados por el señor Ricardo Techera como Tesorero, Contador y
Administrador de la Comisión Investigadora de Actividades Antinacionales, 
desde el 11 de marzo de 1942 hasta el 31 de diciembre de 1945.(*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.

Artículo 2

   Los servicios prestados a que se refiere el artículo 1º de esta ley se considerarán remunerados, a los efectos jubilatorios, con el sueldo mensual que percibía el señor Techera, en el último cargo público rentado 
que desempeñara.

Artículo 3

   Los montepíos correspondientes estarán a cargo de Rentas Generales.

Artículo 4

   Comuníquese, etc.

BATLLE BERRES - OSCAR SECCO ELLAURI - NILO R. BERCHESI
       
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