BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY (BHU). AUTORIZACION. PRESTAMOS




Promulgación: 13/08/1949
Publicación: 24/08/1949
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1949
  •    Página: 900
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   En los préstamos a funcionarios del Banco Hipotecario del Uruguay dicho
Banco se hará cargo del 2% anual del interés que devengue el préstamo, con 
cargo a sus gastos presupuestales.
Referencias al artículo
Ayuda