ENSEÑANZA. PRESUPUESTO. MODIFICACION




Promulgación: 02/07/1949
Publicación: 15/07/1949
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1949
  •    Página: 689
Referencias a toda la norma

Escalafón Docente

Artículo 17

   Los Inspectores y los Directores de Liceos, comprendidos en el item 16.01, que por sus años de servicios docentes llegaran al 6º grado del Escalafón a que se refiere el artículo 2º, aumentarán sus sueldos en la suma de $ 900.00 anuales. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 71 (vigencia).
Ver: Ley Nº 11.923 de 27/03/1953 artículo 194.
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