MONUMENTOS




Promulgación: 27/05/1949
Publicación: 08/06/1949
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1949
  •    Página: 564

Artículo 4

   Treinta días después de finalizada la colecta nacional pro Monumento a la Madre, el Ministerio organizador llamará a concurso entre los artistas uruguayos, estableciendo las bases del mismo y el monto de la financiación, que será igual a la suma recaudada.
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