PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. DEUDA PUBLICA. EMISION




Promulgación: 15/04/1948
Publicación: 24/04/1948
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1948
  •    Página: 396
Referencias a toda la norma

Artículo 6

   El producido de la venta de los títulos de la referida deuda se
destinará:

      A)A cubrir el anticipo de seis millones de pesos (pesos 
        6.000.000.00), realizado por el Tesoro Nacional para cancelar el 
        préstamo concertado en Estados Unidos de Norte América para 
        adquisición de material de guerra.
      B)Para sustituir el reintegro en efectivo a los tenedores de Bonos 
        presentados al rescate en virtud de la ley 14 de febrero de 1947.
      C)Para sustituir las amortizaciones efectuadas en el año 1946, por 
        "Bonos de Defensa Nacional", consideradas como presentadas al 
        reembolso;
      D)Para reemplazar los títulos en circulación de la deuda "Bono de 
        Defensa Nacional" y
      E)Para sustituir el saldo no emitido de dicha deuda destinado a 
       obligaciones de defensa nacional.
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