El producido de la venta de los títulos de la referida deuda se
destinará:
A)A cubrir el anticipo de seis millones de pesos (pesos
6.000.000.00), realizado por el Tesoro Nacional para cancelar el
préstamo concertado en Estados Unidos de Norte América para
adquisición de material de guerra.
B)Para sustituir el reintegro en efectivo a los tenedores de Bonos
presentados al rescate en virtud de la ley 14 de febrero de 1947.
C)Para sustituir las amortizaciones efectuadas en el año 1946, por
"Bonos de Defensa Nacional", consideradas como presentadas al
reembolso;
D)Para reemplazar los títulos en circulación de la deuda "Bono de
Defensa Nacional" y
E)Para sustituir el saldo no emitido de dicha deuda destinado a
obligaciones de defensa nacional.