INSTITUTO NACIONAL DE COLONIZACION. CREACION. COLONIZACION DE TIERRAS




Promulgación: 12/01/1948
Publicación: 05/02/1948
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1948
  •    Página: 63
Referencias a toda la norma

VII - DE LA ADQUISICION DE TIERRAS

Artículo 33

   El Ministerio de Hacienda por intermedio de la Dirección General de Catastro y Administración de Inmuebles Nacionales, procederá a la 
investigación de las tierras fiscales, haciendo conocer el inventario de 
las mismas al Instituto, al efecto de discriminar las que resultaren aptas a los fines de la presente ley. Los bienes de esta categoría que se
resolviese colonizar serán transferidos al Instituto, el que procederá a su adjudicación en arrendamiento o enfiteusis.
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