SERVICIOS PUBLICOS. CONSEJOS PARITARIOS




Promulgación: 25/06/1947
Publicación: 08/07/1947
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1947
  •    Página: 676

Artículo 2

   Para ser delegado del personal es indispensable tener por lo menos tres años de antigüedad en la empresa. Los miembros del Consejo mientras duren 
en sus funciones no podrán ser despedidos por la empresa si no media un 
motivo grave y fundado.
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