Autorízase al Gobierno Departamental de Paysandú, para afectar en garantía de los servicios de amortización e intereses del empréstito proyectado, las rentas del Municipio de Paysandú y especialmente el producido de aquéllas que recaude o administre el Gobierno Nacional, debiendo éste retener a la orden de la Caja Nacional de Ahorro Postal las cantidades que se requieran para pagar los referidos servicios.