El importe de los impuestos creados por esta ley se establecerá
separadamente en el documento que se expida como entradas, recibos, etc.,
en la siguiente forma: "Contribución a la Lucha Antituberculosa $ ... ".
Si en el documento que se expida no consta impresa esa mención y la de la cantidad que corresponda, se considerará en infracción y será pasible de la multa que se establece en el artículo anterior.
Cuando el importe de la tasa a aplicarse resulte una cifra decimal, ésta se elevará al orden inmediato superior.