PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. DECLARACION DE UTILIDAD PUBLICA PARA EXPROPIACION




Promulgación: 08/01/1946
Publicación: 15/01/1946
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1946
  •    Página: 27

Artículo 2

   Autorízase igualmente al Poder Ejecutivo para invertir hasta la suma de $ 40.000.00 en la restauración de las expresadas fincas.
   Tanto esta suma como aquella a que ascienda el precio que como compensación deba abonarse a los propietarios, en virtud de la expropiación a que se refiere el artículo anterior, se tomarán de Rentas Generales.
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