PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. DEUDA PUBLICA. EMISION. AMPLIACION




Promulgación: 20/12/1945
Publicación: 08/01/1946
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1945
  •    Página: 1151
Referencias a toda la norma

Artículo 5

   El Poder Ejecutivo podrá tomar de Rentas Generales, para completar el servicio de la Deuda de Saneamiento, un valor igual o menor al importe 
de los recursos que por concepto de "Proventos de Saneamiento, Venta de agua" ingresen a Rentas Generales.
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