Ver: Ley Nº 17.296 de 21/02/2001 artículo 198 (Dirección Nacional de
Recursos Acuáticos - DINARA),
Decreto Ley Nº 14.499 de 05/03/1976 (Industria Lobera y Pesquera
del Estado - ILPE),
Decreto Ley Nº 14.484 de 18/12/1975 (Instituto Nacional de Pesca -
INAPE).
Todas las reparticiones públicas adquirirán, directa y obligatoriamente
del S.O.Y.P., el hielo, pescado y demás productos de su industrialización que necesiten para su consumo, y siempre que el Instituto esté en condiciones de proporcionarlos al mismo precio que las empresas
particulares.