LEY ORGANICA DEL SERVICIO OCEANOGRAFICO Y DE PESCA (SOYP)




Promulgación: 21/09/1945
Publicación: 02/10/1945
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1945
  •    Página: 862
Ver: Ley Nº 17.296 de 21/02/2001 artículo 198 (Dirección Nacional de 
Recursos Acuáticos - DINARA),
      Decreto Ley Nº 14.499 Derogada/o de 05/03/1976 (Industria Lobera y Pesquera 
del Estado - ILPE),
      Decreto Ley Nº 14.484 de 18/12/1975 (Instituto Nacional de Pesca - 
INAPE).
Referencias a toda la norma

Artículo 18

   El servicio de la deuda a que se refiere la presente ley, se atenderá con los recursos del Instituto y con el producido de un impuesto adicional
sobre la totalidad de los productos de la pesca y sus derivados importados
al país, y que se establece en un diez por ciento sobre el monto de los derechos de Aduana.
   Si en algún momento los recursos del S.O.Y.P. fueran insuficientes para
dicho servicio, éste será cubierto por Rentas Generales con calidad de oportuno reintegro. (*)

(*)Notas:
Ver: Ley Nº 12.804 de 30/11/1960 artículo 371 , numeral 36) (deroga 
impuesto adicional).
Ayuda